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🇵🇦 Seguro Social · Seguro Educativo · ISR

¿Cuánto te queda de tu salario?

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Te quedan cada mes

B/.1,236.92

de B/.1,500.00 brutos · se descuenta el 17.54%

Seguro Social · 9.75%−B/.146.25
Seguro Educativo · 1.25%−B/.18.75
Impuesto sobre la renta · retención mensual−B/.98.08
Salario netoB/.1,236.92

Impuesto sobre la renta: tu ingreso anual estimado es B/.19,500.00 (salario ×13, incluye el décimo), lo que da B/.1,275.00 al año según la tarifa del Código Fiscal; tu empleador lo retiene en 13 partes de B/.98.08.

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Los descuentos de tu salario, explicados

Seguro Social (9.75%): tu cuota a la Caja de Seguro Social, que financia tu pensión y tu atención médica. La reforma de 2025 (Ley 462) no cambió la parte del trabajador.

Seguro Educativo (1.25%): una contribución obligatoria para la educación pública. No se descuenta del décimo tercer mes.

Impuesto sobre la renta: solo lo pagas si tu salario por 13 supera B/.11,000 al año — es decir, si ganas más de unos B/.846 al mes. Tu empleador lo retiene en cada pago.

Preguntas frecuentes

¿Qué descuentos tiene el salario en Panamá?

Tres descuentos de ley: la cuota de Seguro Social del trabajador (9.75%), el Seguro Educativo (1.25%) y la retención del impuesto sobre la renta, que solo aplica si tu ingreso anual supera B/.11,000.

¿Cómo se calcula el impuesto sobre la renta de un asalariado?

Se multiplica el salario mensual por 13 (doce meses más el décimo tercer mes) y se aplica la tarifa del artículo 700 del Código Fiscal: 0% hasta B/.11,000, 15% sobre el excedente hasta B/.50,000 y B/.5,850 más 25% sobre lo que pase de B/.50,000. El resultado se divide entre 13 para la retención de cada pago.

¿Cambió el descuento del Seguro Social con la Ley 462?

No para el trabajador: la Ley 462 de 2025 mantuvo la cuota del trabajador en 9.75%. Lo que sube de forma escalonada es la cuota del empleador.

¿Mi salario neto real puede ser distinto?

Sí. Deducciones personales (intereses hipotecarios o educativos, primas de seguro, aportes a fondos de jubilación), descuentos de acreedores y pagos variables cambian lo que recibes. Esto es una estimación de los descuentos de ley.

Estimación educativa con las tasas vigentes (Ley 462 de 2025; Código Fiscal, art. 700). No incluye deducciones personales, descuentos de acreedores ni pagos variables. No es asesoría tributaria.